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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1909 DE 1992 Document Link Icon
Aduanero
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Aduanas
Artículo4
Título

La obligación aduanera es de carácter personal, sin perjuicio de que se pueda hacer efectivo su cumplimiento sobre la mercancía, mediante el abandono, la aprehensión y decomiso, con preferencia sobre cualquier otra garantía u obligación que recaiga sobre ella, e independientemente de quien sea su propietario o tenedor. La negrilla fue declarada nulo por el Consejo de Estado en Dic. 1 de 1995 exp. 7270