<< Volver

Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2131 DE 1991 Document Link Icon
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo40
Título
Artículo 40. Requisitos de introducción de bienes procedentes de otros países: La introducción de bienes procedentes de otros países a las Zonas Francas no se considerara una importación y solo requerira que dichos bienes estén consignados a favor de un usuario de la Zona Franca.