TextoRESOLUCION 4685 DE AGOSTO 29 DE 1995
Por la cual se establecen los requisitos y procedimientos para la habilitación y homologación de depósitos y se dictan otras disposiciones.
EL DIRECTOR DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
En uso de sus facultades legales y especialmente las conferidas en los literales c) y f) del artículo 13 del Decreto 2117 de 1992 y en desarrollo de lo dispuesto en el Decreto 1285 de 1995, y
C O N S I D E R A N D O:
Que para efectos de la aplicación del Decreto 1285 de 1995, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales debe desarrollar mediante resolución de carácter general, el procedimiento y fijar requisitos que deben cumplir las personas jurídicas para obtener la habilitación u homologación de depósitos para el almacenamiento de mercancías bajo control aduanero y establecer las condiciones para la conexión al sistema informático aduanero de los depósitos y de las Zonas Francas Industriales de Bienes y de Servicios.
R E S U E L V E:
CAPITULO I
PROCEDIMIENTO Y REQUISITOS PARA LA HABILITACION DE DEPOSITOS
ARTICULO PRIMERO: Jurisdicción y competencia. La habilitación de depósitos para el almacenamiento de mercancías bajo control aduanero es competencia del Subdirector Operativo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, quién los habilitará con sujeción a los criterios y al cumplimiento de los requisitos previstos en los artículos tercero y cuarto del Decreto 1285 de 1995.
Concordancias Legales
DECRETO 1909 DE 1992 ARTS. 104 , 102 INC TERCERO
DECRETO 0537 DE 1995 ART.15
DECRETO 1285 DE 1995 ART. 1 , 3, 4
RESOLUCION 0190 DE 1992 ART. 1, 2, 5, 13
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
DEPOSITOS HABILITADOS - REQUISITOS
SUBDIRECCION OPERATIVA - COMPETENCIA
DEPOSITOS DE MERCANCIAS - CRITERIOS PARA LA HABILITACION