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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2666 DE 1984
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
227
Título
Texto
Artículo 227º.Aplicación del régimen
Derogado por el Decreto 1909 de 1992
Para la aplicación de este régimen las mercancías deberán reimportarse dentro de los cinco (5) años siguientes a la exportación si se realizó con motivo de un contrato de servicios en el exterior, y dentro de los dos (2) años siguientes en los demás casos.
Concordancias Legales
RESOLUCION 3083 DE 1990 CAP. II NUM. 2.3, 2.3.1
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
DEROGADO POR
DECRETO 1909 DE 1992
ART.
111
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores