Para responder por el pago de los tributos aduaneros suspendidos y sanciones, el Operador de Transporte Multimodal (O.T.M.) deberá constituir una garantía global en favor de la Nación-Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales cuyo valor asegurable será equivalente a los dos mil (2000) salarios mínimos mensuales legales vigentes. La garantía se hará efectiva total o proporcional por el monto de los tributos aduaneros suspendidos y las sanciones generadas con ocasión de las operaciones de transporte multimodal con caso de perdida de la mercancía o no finalización de la operación de transporte multimodal.
Concordancias Legales DECRETO 2295 DE 1996 ART. 19 Documentos que Afecta Documentos que lo afectan Concordancias Jurisprudenciales Descriptores OPERADOR DE TRANSPORTE MULTIMODAL - RESPONSABILIDADES