ARTICULO 35o. Fuerza mayor o caso fortuito en las operaciones de Cabotaje. Cuando por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito el medio de transporte en que se realice la operación de Cabotaje se vea obligado a realizar una escala fuera del territorio nacional, las mercancías que transporte continuaran bajo este régimen siempre que sean lasmismas a las cuales se les autorizo.
Concordancias Legales Documentos que Afecta Documentos que lo afectan Concordancias Jurisprudenciales Descriptores OPERACION DE CABOTAJE - CASO FORTUITO OPERACION DE CABOTAJE - FUERZA MAYOR.