Texto
ARTICULO 10.- RESPONSABILIDAD DE LAS SOCIEDADES DE INTERMEDIACION
ADUANERA FRENTE A LA DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES.
Las Sociedades de Intermediación que actúen ente las autoridades aduanera, serán responsables administrativamente por la exactitud y veracidad de la información contenida en los documentos que suscriban sus representantes acreditados ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Las Sociedades de Intermediación Aduanera deberán prever en sus estatutos, que las personas por ellas acreditadas ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales como sus representantes, tienen capacidad suficiente para comprometerles en lo que a los trámites aduaneros corresponde y por tal virtud la sociedad será responsable de las sanciones impuestas como consecuencia de las actuaciones de sus representantes.
Concordancias Legales
RESOLUCION 0662 DE 1995 ART. 17
RESOLUCION 2572 DE 1996 ART. 20
DECRETO 2339 DE 1996 ART. 10 NUM. 7
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
SOCIEDADES DE INTERMEDIACION ADUANERA - RESPONSABILIDADES