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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2117 DE 1992
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
49
Título
Texto
Artículo 49º. DIVISION DE OPERACIONES ADUANERAS.
Conforme a las políticas e instrucciones del Subdirector Operativo, son funciones de la División de Operaciones Aduaneras, las siguientes:
a) Preparar proyectos de actualización y desarrollo de normas y procedimientos, relacionados con la aplicación de los regímenes aduaneros;
b) Consolidar y analizar la información nacional de los regímenes aduaneros, estudiar el comportamiento e incidencia en la gestión aduanera y presentar los informes respectivos;
c) Programar y planear la operación aduanera que realicen las áreas operativas en desarrollo de las normas que regulan los regímenes aduaneros; y,
d) Las demás que le asigne el Subdirector Operativo.
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Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
DIVISION DE OPERACIONES ADUANERAS - FUNCIONES
SUBDIRECCION OPERATIVA