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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2057 DE 1987 Document Link Icon
Aduanero
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Aduanas
Artículo16
Título
Artículo 16º. El menaje debe haber sido adquirido durante el periodo de permanencia en el exterior del propietario del mismo y deberá proceder del país en el cual se encontraba residenciado.

PARAGRAFO Cuando por razones de orden técnico, relacionadas con el voltaje o el sistema de transmisión, no pueden utilizarse algunos electrodomésticos en Colombia, se admitirá la procedencia de un pas diferente al de residencia, previa demostración del hecho.