ARTICULO DECIMO SEXTO.Modificase el literal k del artículo 4ø del Decreto 197 de 1995, el cual quedará así:
"K. A partir del primero de enero de 1996, solo podrán ser inscritos como representantes de los usuarios aduaneros permanentes ante la Dirección de Impuestos y Aduanas nacionales, quienes hubieren aprobado los exámenes de conocimientos."
Concordancias Legales DECRETO 1039 DE 1995 ARTS. 3, 4 RESOLUCION 3290 DE 1995 ARTS. 5, 6, 7 RESOLUCION 4324 DE 1995 ART. 41 RESOLUCION 1968 DE 1996 Documentos que Afecta Documentos que lo afectan Concordancias Jurisprudenciales Descriptores USUARIOS ADUANEROS PERMANENTES - OBLIGACIONES USUARIOS ADUANEROS PERMANENTES - EXAMENES DE CONOCIMIENTO GARANTIAS - EFECTIVIDAD