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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 2666 DE 1984
Aduanero
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Aduanas
Artículo
240
Título
Texto
Artículo 240º.Procedimiento simplificado de Importación-Exportación
Los exportadores y los importadores de materias primas, insumos y repuestos bajo el régimen de perfeccionamiento activo en desarrollo de los sistemas especiales de importación-exportación, podrán acumular por períodos mensuales la presentación de las declaraciones correspondientes.
El INCOMEX comunicará a la Aduana, las mercancías de importación, los productos de exportación autorizados y la vigencia de las garantías.
Parágrafo. Los Administradores de Aduana autorizarán en forma inmediata la entrega de materias primas, insumos o repuestos de importación o el embarque de productos de exportación para los declarantes que gocen del procedimiento simplificado, previo reconocimiento de las mercancías y verificación de que se encuentran amparadas bajo los sistemas especiales de importación- exportación, de lo cual se dejará constancia en el formulario que expida el Director General de Aduanas, quien concederá el procedimiento simplificado, teniendo en cuenta la seriedad y honorabilidad del solicitante.
Concordancias Legales
DECRETO 1909 DE 1992
ART.
48
RESOLUCION 0408 DE 1992
ARTS.
18
,
19
,
20
DECRETO 0444 DE 1967 ARTS. 172, 173
RESOLUCION 0371 DE 1992
RESOLUCION DEL INCOMEX 0682 DE 1995
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
IMPORTACION DE MATERIAS PRIMAS E INSUMOS - PROCEDIMIENTO
IMPORTACION TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO