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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 0371 DE 1992 Document Link Icon
Aduanero
Banco de Datos
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Aduanas
Artículo33
Título
Artículo 33o. Selección para inspección aduanera

El sistema informático de la Aduana, de acuerdo con los parámetros de fiscalización establecidos por la Dirección de Aduanas Nacionales, indicará si se debe practicar o no inspección aduanera a la mercancía declarada; seleccionada la declaración para inspección, el sistema comunicará a la División de Fiscalización de la Administración de Aduana.
En ausencia del sistema de comunicación automático, el depósito autorizado donde se encuentre la mercancía deberá comunicar, por escrito e inmediatamente a la División de Fiscalización.