El perfeccionamiento de las garantías sujetas a registro y los embargos y secuestros que deban practicarse, deben tener lugar antes de la expedición del acto administrativo que da origen a la operación u actividad. En este caso, a juicio del funcionario competente, podrá practicarse inspección a los bienes ofrecidos en prenda o en hipoteca, inspección que se efectuará a costa del deudor. De lo anterior se levantará un acta que formará parte de la solicitud.
Concordancias Legales RESOLUCION 1794 DE 1993 ART. 13 Documentos que Afecta Documentos que lo afectan Concordancias Jurisprudenciales Descriptores GARANTIAS - PERFECCIONAMIENTO