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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 9270 DE 2001
Tributario
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Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
6
Título
Texto
ARTICULO 6°: LITERAL e) DEL ARTICULO 631 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO.
DISCRIMINACION DEL CONCEPTO DE LOS PAGOS O ABONOS EN CUENTA:
Los pagos o abonos en cuenta, efectuados durante el año gravable 2.001, que constituyan costo o deducción o den derecho a impuesto descontable, incluida la compra de activos fijos o movibles, se informarán de la siguiente manera:
a
.
Los pagos correspondientes a salarios, prestaciones sociales y demás pagos laborales por empleado:
Como registro de movimiento ( Tipo 2 ) código 75 subcódigo 01, en el primer valor informado
:
el valor acumulado pagado efectivamente, sin incluir el valor de los aportes parafiscales que la empresa haya aportado a nombre del trabajador; en el segundo y tercer valor : cero.
Como registro de movimiento ( Tipo 2 ) código 72 subcódigo 01, en el primer valor informado
:
el valor de la retención en la fuente efectuada; en el segundo y tercer valor : cero.
b. El traslado de cesantías a los Fondos de Cesantías:
Como registro de movimiento ( Tipo 2 ) código 75 subcódigo 02, en el primer valor informado: el valor acumulado por entidad, de las cesantías efectivamente trasladadas al respectivo Fondo; en el segundo y tercer valor : cero.
Traslado a Fondos Privados: Informe el valor acumulado por entidad correspondiente al año gravable 2.000
Traslado a Fondo Nacional del Ahorro: Informe el valor acumulado por entidad correspondiente al año gravable 2.001
c. Los pagos por concepto de aportes parafiscales al SENA, a las Cajas de Compensación Familiar y al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar:
Como registro de movimiento ( Tipo 2 ) código 75 subcódigo 03, en el primer valor informado
:
el valor del pago acumulado por entidad; en el segundo y tercer valor : cero.
d.
Los pagos por concepto de aportes parafiscales a las empresas promotoras de salud EPS e ISS, incluidos los aportes del Trabajador y los aportes al Sistema de Riesgos Profesionales :
Como registro de movimiento ( Tipo 2 ) código 75 subcódigo 04, en el primer valor informado
:
el valor del pago acumulado por entidad; en el segundo y tercer valor : cero.
e. Los pagos por concepto de aportes para pensiones efectuados al ISS y a los Fondos de Pensiones, incluidos los aportes voluntarios del Trabajador y de la Empresa :
Como registro de movimiento ( Tipo 2 ) código 75 subcódigo 05, en el primer valor informado
:
el valor del pago acumulado por entidad; en el segundo y tercer valor : cero.
f
.
Cuando se trate de erogaciones efectuadas por el informante que tengan el carácter de cargos diferidos o gastos pagados por anticipado:
Como registro de movimiento ( Tipo 2 ) código 75 subcódigo 06, en el primer valor informado
:
el valor acumulado pagado o abonado en cuenta, en el segundo valor informado: el valor del impuesto sobre las ventas retenido y en el tercer valor : cero.
Como registro de movimiento ( Tipo 2 ) código 72 subcódigo 06, en el primer valor informado: el valor de la retención en la fuente efectuada; en el segundo valor informado el valor del impuesto sobre las ventas descontable y en el tercer valor : cero.
g. Adquisición de bienes de capital y demás activos fijos:
Como registro de movimiento ( Tipo 2 ) código 75 subcódigo 07, en el primer valor informado
:
el valor acumulado pagado o abonado en cuenta; en el segundo valor informado el valor del impuesto sobre las ventas retenido y en el tercer valor : cero.
Como registro de movimiento ( Tipo 2 ) código 72 subcódigo 07, en el primer valor informado el valor de la retención en la fuente efectuada; en el segundo y tercer valor : cero
h
.
Adquisición de activos movibles :
Como registro de movimiento ( Tipo 2 ) código 75 subcódigo 00, en el primer valor informado el valor acumulado pagado o abonado en cuenta; en el segundo valor informado el valor del impuesto sobre las ventas retenido y en el tercer valor :cero.
Como registro de movimiento ( Tipo 2 ) código 72 subcódigo 00, en el primer valor informado: el valor de la retención en la fuente efectuada; en el segundo valor informado el valor del impuesto sobre las ventas descontable y en el tercer valor : cero.
i.
Honorarios y comisiones:
Como registro de movimiento ( Tipo 2 ) código 75 subcódigo 10, en el primer valor informado el valor acumulado pagado o abonado en cuenta; en el segundo valor informado el valor del impuesto sobre las ventas retenido y en el tercer valor :cero.
Como registro de movimiento ( Tipo 2 ) código 72 subcódigo 10, en el primer valor informado: el valor de la retención en la fuente efectuada; en el segundo valor informado el valor del impuesto sobre las ventas descontable y en el tercer valor :cero.
j.
Servicios:
Como registro de movimiento ( Tipo 2 ) código 75 subcódigo 15, en el primer valor informado el valor acumulado pagado o abonado en cuenta; en el segundo valor informado el valor del impuesto sobre las ventas retenido y en el tercer valor :cero.
Como registro de movimiento ( Tipo 2 ) código 72 subcódigo 15, en el primer valor informado: el valor de la retención en la fuente efectuada; en el segundo valor informado el valor del impuesto sobre las ventas descontable y en el tercer valor :cero.
k
.
Donaciones en dinero:
Como registro de movimiento ( Tipo 2 ) código 75 subcódigo 17, en el primer valor informado: el valor pagado; en el segundo y tercer valor :cero.
Donaciones en títulos valores:
Como registro de movimiento ( Tipo 2 ) código 75 subcódigo 18, en el primer valor informado: el valor pagado; en el segundo y tercer valor :cero
m
.
Donaciones en otros activos:
Como registro de movimiento ( Tipo 2 ) código 75 subcódigo 19, en el primer valor informado: el valor pagado; en el segundo y tercer valor :cero
n. Los demás costos y deducciones:
Como registro de movimiento ( Tipo 2 ) código 75 subcódigo 16, en el primer valor informado el valor acumulado pagado o abonado en cuenta; en el segundo valor informado el valor del impuesto sobre las ventas retenido y en el tercer valor :cero.
Como registro de movimiento ( Tipo 2 ) código 72 subcódigo 16 en el primer valor informado: el valor de la retención en la fuente efectuada; en el segundo valor informado el valor del impuesto sobre las ventas descontable y en el tercer valor :cero.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 631
RESOLUCION 9270 DE 2001 ART. 10
RESOLUCION 9270 DE 2001 ART. 11
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE PARA CRUCES DE INFORMACION
OBLIGACIONES DEL CONTRIBUYENTE
INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE EN MEDIOS MAGNETICOS