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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
556
Título
Texto
Artículo 556. Representación de las personas jurídicas.
La representación legal de las personas jurídicas será ejercida por el Presidente, el Gerente o cualquiera de sus suplentes, en su orden, de acuerdo con lo establecido en los artículos 372, 440, 441 y 442 del Código de Comercio, o por la persona señalada en los estatutos de la sociedad, si no se tiene la denominación de presidente o gerente. Para la actuación de un suplente no se requiere comprobar la ausencia temporal o definitiva del principal, sólo será necesaria la certificación de la Cámara de Comercio sobre su inscripción en el registro mercantil. La sociedad también podrá hacerse representar por medio de apoderado especial.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 572.
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 722. LIT. C)
C. Co. ARTS. 372, 440, 441 Y 442
ORDEN ADMINISTRATIVA 0001 DE 2002 ART. ITEM UNICO
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
EXPEDIENTE 7202 DE 95/6/10
Descriptores
REPRESENTACION LEGAL DE PERSONAS JURIDICAS
APODERADOS