Indicios y Presunciones
Artículo 754. Datos estadísticos que constituyen indicio. Los datos estadísticos producidos por la Dirección General de Impuestos Nacionales, por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística y por el Banco de la República, constituyen indicio grave en caso de ausencia absoluta de pruebas directas, para establecer el valor de ingresos, costos, deducciones y activos patrimoniales, cuya existencia haya sido probada.
Concordancias Legales ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 82 ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 743 ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 754-1 Documentos que Afecta Documentos que lo afectan Concordancias Jurisprudenciales Descriptores MEDIOS PROBATORIOS