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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
DECRETO 1000 DE 1997 Document Link Icon
Tributario
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Procedimiento Tributario
Artículo3
Título
ARTICULO 3.- Requisitos generales de la solicitud de devolución o compensación

La solicitud de devolución o compensación deberá presentarse personalmente por el contribuyente responsable o por su representante legal, exhibiendo su documento de identidad, o por el apoderado quien presentará su tarjeta profesional de abogado, o por interpuesta persona con exhibición del documento de identidad del signatario.

A la solicitud diligenciada en los formatos establecidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas, deberán acompañarse los siguientes documentos:

a) Tratándose de personas jurídicas, debe acreditarse su existencia y representación legal mediante certificado expedido por la autoridad competente, con anterioridad no mayor de cuatro meses.

b) Copia del poder otorgado en debida forma, cuando se actúe mediante apoderado.

c) Garantía a favor de la Nación-Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, o entidad que haga sus veces, otorgada por entidades bancarias o compañías de seguros, cuando el solicitante se acoja a la opción contemplada en el artículo 860 del Estatuto Tributario