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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
LEY 1819 DE 2016 Document Link Icon
Tributario
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Procedimiento Tributario
Artículo 130.
Título
ARTÍCULO 130. Adiciónese el literal g) del artículo 684 del Estatuto Tributario, el cual quedará así:

Sin perjuicio de las facultades de supervisión de las entidades de vigilancia y control de los contribuyentes obligados a llevar contabilidad; para fines fiscales, la DIAN cuenta con plenas facultades de revisión y verificación de los Estados Financieros, sus elementos, sus sistemas de reconocimiento y medición, y sus soportes, los cuales han servido como base para la determinación de los tributos.