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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 Document Link Icon
Tributario
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Procedimiento Tributario
Artículo572-1
TítuloApoderados generales y mandatarios especiales.
Artículo 572-1. Apoderados generales y mandatarios especiales. Se entiende que podrán suscribir y presentar las declaraciones tributarias los apoderados generales y los mandatarios especiales que no sean abogados. (INCISO MODIFICADO POR LA LEY 1819 DE 2016 ART 269).
Los poderes otorgados para actuar ante la administración tributaria deberán cumplir con las formalidades y requisitos previstos en la legislación colombiana. (INCISO ADICIONADO POR LA LEY 1819 DE 2016 ART 269).