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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989
Tributario
Banco de Datos
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Procedimiento Tributario
Artículo
814-3.
Título
Texto
Artículo 814-3. Incumplimiento de las facilidades.
Cuando el beneficiario de una facilidad para el pago, dejare de pagar alguna de las cuotas o incumpliere el pago de cualquiera otra obligación tributaria surgida con posterioridad a la notificación de la misma, el Administrador de Impuestos o el Subdirector de Cobranzas, según el caso, mediante resolución, podrá dejar sin efecto la facilidad para el pago, declarando sin vigencia el plazo concedido, ordenando hacer efectiva la garantía hasta concurrencia del saldo de la deuda garantizada, la práctica del embargo, secuestro y remate de los bienes o la terminación de los contratos, si fuere del caso.
Derogado inciso 2º por la Ley 1066 de 2006 art. 21
Contra esta providencia procede el recurso de reposición ante el mismo funcionario que la profirió, dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación, quien deberá resolverlo dentro del mes siguiente a su interposición en debida forma.
(Ley 6/92, art. 94)
Concordancias Legales
DECRETO 0836 DE 1991 ART. 25
DECRETO 2249 DE 2000 ART. 1
DECRETO 2249 DE 2000 ART. 4
DECRETO 1444 DE 2001 ART. 1
DECRETO 1444 DE 2001 ART. 2
CIRCULAR 00069 DE 2006 ART. 1
DECRETO 2245 DE 2011 ART. 39
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
ADICIONADO POR LEY 6 DE 1992 ART 94
DEROGADO INCISO 2º POR LEY 1066 DE 2006 ART. 21
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
FACILIDADES PARA EL PAGO