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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 1766 DE 1997
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
12
Título
Texto
ARTICULO 12: SITIOS DE PRESENTACION DE LA INFORMACION:
Los medios magnéticos deberán presentarse personalmente en la División de Documentación de la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales de la jurisdicción de la entidad informante y donde no exista esta en la División Financiera y Administrativa.
En fechas diferentes a los vencimientos el obligado podrá presentarla en el Grupo de Información Exógena de la Subdirección de Fiscalización Para el Control y Penalización tributaria, ubicada en la Carrera 7 No. 6-54 de Santafè de Bogotà.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 631
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 633
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE EN MEDIOS MAGNETICOS
OBLIGACIONES DEL CONTRIBUYENTE
INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE PARA CRUCES DE INFORMACION