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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 1766 DE 1997 Document Link Icon
Tributario
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Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo12
Título
ARTICULO 12: SITIOS DE PRESENTACION DE LA INFORMACION:

Los medios magnéticos deberán presentarse personalmente en la División de Documentación de la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales de la jurisdicción de la entidad informante y donde no exista esta en la División Financiera y Administrativa.

En fechas diferentes a los vencimientos el obligado podrá presentarla en el Grupo de Información Exógena de la Subdirección de Fiscalización Para el Control y Penalización tributaria, ubicada en la Carrera 7 No. 6-54 de Santafè de Bogotà.