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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 9270 DE 2001
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
21
Título
Texto
ARTICULO 21°: OBLIGADOS QUE NO DEBEN PRESENTAR INFORMACION:
Los sujetos obligados a suministrar la información de que trata la presente Resolución, que no presenten situaciones u operaciones por cuantías superiores a las establecidas en los literales a, d, e, f, h, i, durante el año gravable 2.001, cumplen con su obligación tributaria, informándolo por medio de un oficio firmado por el Representante Legal, Contador Público o Revisor Fiscal según el caso, dirigido al Grupo de Información Exógena, dentro de los plazos establecidos en el siguiente artículo.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 631
RESOLUCION 9270 DE 2001 ART. 22
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE EN MEDIOS MAGNETICOS
INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE PARA CRUCES DE INFORMACION
OBLIGACIONES DEL CONTRIBUYENTE