<< Volver
Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 4450 DE 2008
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
3
Título
Texto
ARTICULO 3. Conformación de la base de datos.
Para dar cumplimiento al Sistema Técnico de Control establecido en esta Resolución, las
personas naturales y jurídicas, y sus asimiladas que procesan y/o comercializan pieles y/o cueros de animales bovinos y bufalinos, conformarán una base de datos respecto de todas las personas naturales y jurídicas, y sus asimiladas que les vendan o compren pieles y/o cueros, en la cual se registre semanalmente de forma sucesiva y cronológica, cada una de las operaciones de compra y venta de pieles y/o cueros, detallando la identificación del proveedor o del comprador o adquiriente, así como la información señalada en los literales a) y b) del artículo 4 de la presente Resolución.
Parágrafo.
La información correspondiente a los apellidos y nombres o razón social e identificación, debe ser constatada con la presentación del documento de identidad o con la entrega de una copia o exhibición del Registro Único Tributario – RUT, de conformidad con lo establecido en los artículos 506 y 555-2 del Estatuto Tributario.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 506
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 555-2
RESOLUCION 4450 DE 2008 ART. 4
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
SISTEMA TECNICO DE CONTROL DE LA ACTIVIDAD PRODUCTORA DE RENTA