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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 1975 DE 1999
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
13
Título
Texto
ARTICULO 13°: LITERAL g) DEL ARTICULO 631 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO
INFORMACION A SUMINISTRAR:
Conforme a lo dispuesto por el literal g) del artículo 631 del Estatuto Tributario se deberá suministrar Apellidos y nombres o razón social y N.I.T, cédula de ciudadanía o tarjeta de identidad, de cada una de las personas o entidades de quienes se recibieron ingresos para terceros y de los terceros a cuyo nombre se recibieron los ingresos, en los casos en los cuales el valor acumulado del ingreso neto recibido para el tercero, por el año gravable 1.999, hubiese sido superior a cuarenta millones cien mil pesos ($40.100.000), de la siguiente manera:
De quienes se recibieron los ingresos de fuente nacional para terceros, se informarán:
Como registro de movimiento (Tipo 2) código 81 subcódigo 00, en el primer valor informado el valor total acumulado del ingreso neto recibido para el tercero, en el segundo y tercer valor cero.
De quienes se recibieron los ingresos del exterior para terceros, se informarán en un solo registro, con NIT 444444444 y razón social "INGRESOS RECIBIDOS DEL EXTERIOR PARA TERCEROS" así:
Como registro de movimiento (Tipo 2) código 81 subcódigo 01, en el primer valor informado el valor total acumulado del ingreso neto recibido para el tercero, en el segundo y tercer valor cero.
Para los terceros a cuyo nombre se recibieron los ingresos de fuente nacional o del exterior, se informarán:
Como registro de movimiento ( Tipo 2 ) código 84 subcódigo 00, en el primer valor informado el valor total acumulado del ingreso neto recibido, en el segundo valor cero y tercer valor NIT, Cédula de Ciudadanía o Tarjeta de Identidad de la persona o entidad de quien se recibió el ingreso para el tercero.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 631
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
ACLARADO POR RESOLUCION 3373 DE MAYO 08 DE 2000
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE EN MEDIOS MAGNETICOS
INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE PARA CRUCES DE INFORMACION
OBLIGACIONES DEL CONTRIBUYENTE