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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
RESOLUCION 9270 DE 2001
Tributario
Banco de Datos
Consultar Documento Jurídico
Procedimiento Tributario
Artículo
3
Título
Texto
ARTICULO 3°:LITERAL d) DEL ARTICULO 631 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO.
INFORMACION Y CONCEPTO A SUMINISTRAR:
De acuerdo con lo establecido en el literal d) del artículo 631 del Estatuto Tributario deberá suministrarse:
Los apellidos y nombres o razón social y NIT de cada uno de los beneficiarios de los pagos que den derecho a descuento tributario, por concepto de donaciones, en los casos en los cuales el valor acumulado por beneficiario de los mismos, por el año gravable 2.001, sea superior a diez millones de pesos ($10.000.000)
PARAGRAFO I
. El valor mínimo a reportar por cada beneficiario de un pago por donaciones es de diez millones de pesos ($10.000.000), no obstante al discriminar el pago por cada concepto, los valores a reportar sean menores.
Sin embargo, a opción del informante, podrán reportarse pagos o abonos en cuenta menores a dicha cuantía, cumpliendo con las especificaciones técnicas establecidas.
PARAGRAFO II
. Para estos efectos deben tenerse en cuenta los requisitos de los beneficiarios y las modalidades de las donaciones señaladas en los artículos 125-1 y 125-2 del Estatuto Tributario.
Concordancias Legales
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 0125-1
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 ART. 125-2
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 624 DE 1989 ART. 631
Documentos que Afecta
Documentos que lo afectan
Concordancias Jurisprudenciales
Descriptores
INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE PARA CRUCES DE INFORMACION
OBLIGACIONES DEL CONTRIBUYENTE
INFORMACION DEL CONTRIBUYENTE EN MEDIOS MAGNETICOS