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Unidad Informática de Legislación
Area del Derecho
ESTATUTO TRIBUTARIO DECRETO 0624 DE 1989 Document Link Icon
Tributario
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Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Artículo0332.
TítuloRentas exentas y deducciones.
Artículo 332. Rentas exentas y deducciones. (MODIFICADO POR LA LEY 1819 DE 2016 ART 1 ). Solo podrán restarse beneficios tributarios en las cédulas en las que se tengan ingresos. No se podrá imputar en más de una cédula una misma renta exenta o deducción.